NOTA DEL BLOG: BIEN NUEVOLEON ¡¡BIEN DIPUTADO PAN!! MARCOS MENDOZA VAZQUEZ @MarcosMendozaNL
TAMAULIPAS , COAHUILA, VERACRUZ, GUERRERO Y TODO EL PAIS ¡URGE QUE CAMBIEN SU LEGISLACION TAMBIEN!
TAMAULIPAS , COAHUILA, VERACRUZ, GUERRERO Y TODO EL PAIS ¡URGE QUE CAMBIEN SU LEGISLACION TAMBIEN!
Dip PAN Marcos Mendoza NL |
Èsta reforma ayudarà a los ciudadanos a
protegerse legalmente ante la ola de inseguridad, ejecuciones, robos a
casa habitación, que provocan daños físicos o sicológicos a las víctimas
pues, con anterioridad, el
agresor podía alegar exceso de legítima
defensa y resultar impune del hecho ilícito.
“Servirà para los casos en que el padre de familia se vio en la necesidad de
defender a su familia por un intruso, este padre de familia pueda alegar
después, ante el juez, que no se le acuse de homicidio, sino que se le
vaya a la parte de la legítima defensa”
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Congreso de Nuevo León legaliza matar, en legítima defensa, a intrusos de una propiedad
MONTERREY, NL (apro).-
El Congreso de
Nuevo León aprobó hoy reformas al Código Penal que permiten a los
ciudadanos de la entidad privar de la vida a las personas que invadan su
hogar, si es que percibe que se encuentran en peligro él, su familia o
las personas que lo acompañen.
De acuerdo con la iniciativa, que enmienda el artículo 17 de la mencionada ley, cualquier persona puede ejercer fuerza letal en contra de quien traspase o pretenda traspasar, sin autorización, la propiedad en la que se encuentren los afectados.
“Igual presunción, salvo prueba en contrario, favorecerá al que
causare cualquier daño, lesión o prive de la vida a otro, a quien
encontrare dentro de su hogar; en la casa en que se encuentra su
familia, aun cuando no sea su hogar habitual; en un hogar ajeno que
aquel tenga obligación de defender; en el local en que aquel tenga sus
bienes, o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal
de defender, y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre
las cosas que en tales sitios se hallen”, señala el código aprobado.
La iniciativa, presentada por el legislador panista Marcos Mendoza Vázquez, pretende dar certeza jurídica a los particulares cuando invoquen el concepto legal de legítima defensa, una demanda que le externaron ciudadanos de su distrito que temen ser víctimas de la delincuencia.
Señala el mismo artículo que es legítima defensa cuando, el que la
ejerza, “obre en defensa de su persona, de su familia, de su honor o de
sus bienes, o de la persona, honor o bienes de otro, repeliendo una
agresión actual, violenta, sin derecho, y de la cual resulte un peligro
inminente”.
“Se presumirá que concurren los requisitos de la legítima defensa, respecto de aquel que rechazare al agresor, en el momento mismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneos encaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño causado al agresor”, indica la modificación.
Mendoza explicó que esta reforma ayudará a los ciudadanos a
protegerse legalmente ante la ola de inseguridad, ejecuciones, robos a
casa habitación, que provocan daños físicos o sicológicos a las víctimas
pues, con anterioridad, el agresor podía alegar exceso de legítima
defensa y resultar impune del hecho ilícito.
“Para los casos de que el padre de familia se vio en la necesidad de
defender a su familia por un intruso, este padre de familia pueda alegar
después, ante el juez, que no se le acuse de homicidio, sino que se le
vaya a la parte de la legítima defensa”, explicó el legislador.
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